Domingo16 de diciembre de 2007
 
Investigan aserraderos que utilizan mano de obra infantil

Lima, dic. 16 (ANDINA)- El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) está investigando a 18 aserraderos ubicados en Pucallpa, en la Región Ucayali, donde se está utilizando la mano de obra infantil en el sector maderero (actividades de riesgo prohibidas para ser desarrollada por menores de edad).

Un grupo de inspectores laborales del MTPE enviados a esta región, comprobaron que en 18 de los 26 aserrados visitados, trabajan más de 90 niños, en conjunto, realizando actividades de corte y traslado de madera en condiciones deplorables.

Cargan bultos pesados, absorben el polvo del aserrín, manipulan la sierra sin guantes, están expuestos a fuertes ruidos de las motosierras, sin estar provistos de orejeras. En la mayoría de estos establecimientos, no se respetan las normas básicas de seguridad y salud en el trabajo.

Actualmente, el MTPE está en la etapa de identificación de los responsables de la contratación de los menores de edad, para establecer las sanciones económicas del caso, lo cual se dificulta debido a la alta informalidad que impera en el sector.

“El objetivo de estas inspecciones es acabar con la cadena de explotación de la mano de obra infantil que está siendo utilizada en actividades de alto riesgo”, afirmó el Viceministro de Trabajo, doctor Jorge Villasante Araníbar, quien advirtió que continuarán los operativos sorpresa en diferentes regiones del país.

Al ser consultado sobre las multas que podría aplicarse a las empresas que lucran con el trabajo de los menores de edad, afirmó que “en términos generales, cuando no se respeta las normas laborales, ni las normas de seguridad y salud en el trabajo, pueden acumular sanciones económicas hasta por más de S/. 100,000 (30 UITs) cuando son más de 141 trabajadores afectados”.

“En el caso de que sean personas naturales los que contraten a los menores de edad en forma irregular, podrían ser sancionados con multas hasta de S/. 6,900 (10% de 2 UITs)”, indicó.

EDAD MÍNIMA

La edad mínima para trabajar es de 14 años siempre que no implique trabajo nocturno, peligroso o nocivo para la salud, la moral o las buenas costumbres.

Cuando existe una relación de dependencia con el empleador, la edad mínima es de 15 años para labores agrícolas no industriales. Entre 16 y 17 años se puede realizar labores comerciales e industriales que no se realicen en horario nocturno y en las que no se utilice implementos o maquinaria peligrosa para el adolescente. En estos casos, se debe tramitar la autorización para laborar ante el MTPE.

NO ES TRABAJO INFANTIL

El trabajo realizado por adolescentes mayores de 14 años adecuados para su edad, grado de madurez y debidamente autorizado no se considera trabajo infantil.

Tampoco que un niño trabaje en actividades del hogar o que colabore en la empresa familiar, siempre que esté acompañado de un adulto y las labores que realicen no  interfiera con el horario escolar, no afecte su salud ni su desarrollo personal.

(FIN) NDP/GCO