Lima,
jul. 28 (ANDINA).- El Perú ofreció a
Estados Unidos, en el marco de las negociaciones del Tratado
de Libre Comercio (TLC) con este país, acceso inmediato
al mercado del azúcar en el entendido de que dicho ofrecimiento
es de carácter recíproco, informó hoy el
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).
Este ofrecimiento
se explica porque Estados Unidos es el principal importador
mundial de azúcar y además no tiene récord
histórico alguno como exportador del producto, explicó.
Esta propuesta
forma parte de la oferta inicial de desgravación arancelaria
(listas) que el Perú presentó hoy a Estados Unidos
para las mercancías agrícolas y no agrícolas
en el marco de la Tercera Ronda de Negociaciones del TLC que
se lleva a cabo en Lima.
Asimismo,
el Mincetur precisó que la oferta inicial de mercancías
se presenta en la Nomenclatura Peruana, basada en el Sistema
Armonizado, la cual consta de 6,992 subpartidas.
El Perú
ha ofrecido colocar el 41 por ciento del universo de subpartidas
arancelarias en la canasta de desgravación inmediata.
Este conjunto
de subpartidas equivale a actualmente al 36.8 por ciento del
valor total importado de Estados Unidos.
Asimismo,
el Perú ha propuesto reservar para la tercera y cuarta
canasta (a diez o más años) el 31.6 por ciento
de las subpartidas que, al día de hoy, representan el
34.1 por ciento del valor total importado de Estados Unidos.
Entre los
criterios utilizados para la elaboración de la oferta
inicial de mercancías, el Mincetur destaca que la oferta
inicial del Perú se sujetará a los resultados
de la negociación de las reglas de origen.
También
se sujetará a las demás condiciones de acceso
real que se logren en el TLC, a las reglas y disciplinas que
se adopten con la finalidad de eliminar las distorsiones y al
resultado integral de las negociaciones.
Igualmente,
el programa de liberación no se aplicará a los
productos usados, incluso a aquellos que estén identificados
como tales en partidas y subpartidas del Sistema Armonizado.
Perú
además propone que el programa de liberación no
se aplique a los productos que gocen de subsidios a las exportaciones.
Para el
ámbito de los productos agropecuarios, propone que la
liberalización del comercio dependa del tratamiento de
las herramientas respecto a las distorsiones derivadas de los
subsidios a la exportación y la producción.
(FIN) SDD
/ JPC - 28/07/04
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