Sábado 13 de mayo de 2006

Jefes de ONPE y Reniec que no sean ratificados por CNM no podrán postular a la reelección, según nueva ley


Lima, may. 13 (ANDINA).- Los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) que no sean ratificados al término de su gestión de cuatro años no podrán postular nuevamente a ese cargo.

   De acuerdo con la Ley Nº 28733, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, ambos funcionarios son nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) mediante concurso público y están afectos a las mismas incompatibilidades previstas por los integrantes del pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

   La norma indica que la remoción de dichos jefes está también a cargo del CNM y responderá a una falta grave, considerada a título enunciativo más no limitada a la comisión de actos que comprometan la dignidad del cargo o lo desmerezca con el concepto público.

   La renovación en el cargo por un período de cuatro años se efectuará previa ratificación por el CNM, en la que se tendrá en cuenta el resultado de la gestión, precisa la ley, que regula el procedimiento de renovación de los jefes de la ONPE y del Reniec.

   La disposición legal modifica el literal b) del artículo 21º de la Ley 26397, Ley Orgánica del CNM, y establece que corresponde a este organismo ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles.

   Los magistrados no ratificados no podrán reingresar al Poder Judicial ni al Ministerio Público.

   (FIN) LZD/MAM

 

Diseño web: Karem Santos / Gisella Salmón
Infografía: Ernesto Carlín