Lima, dic. 14 (ANDINA).- El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) expresó hoy su total rechazo y condena a los actos de violencia registrados en algunos puntos del país y reiteró que la conducta antidemocrática puede motivar que se declare la ilegalidad de una organización política.
En un pronunciamiento público condenó también los reiterados anuncios de nuevas movilizaciones de alteración del orden y la paz ciudadana.
Esta posición del JNE se produce cuando seguidores del ex presidente Alberto Fujimori, detenido en Chile con fines de extradición, han irrumpido en las pistas de aterrizaje de varios aeropuertos del interior de país reclamando su participación en las elecciones generales del 2006.
El máximo tribunal electoral recordó a las agrupaciones políticas que está vigente el artículo 14° de la Ley de Partidos Políticos, es decir, la Declaración de Ilegalidad por Conducta Antidemocrática.
En ese sentido, exhortó a los partidos y agrupaciones a mantenerse vigilantes para que el proceso electoral se desarrolle dentro del respeto a la propiedad pública y privada, y en un clima de paz social y confianza en las instituciones.
El artículo 14 de la Ley de Partidos establece que la Corte Suprema, a pedido del Fiscal de la Nación o del Defensor del Pueblo, –y garantizando el derecho a la pluralidad de instancia-, podrá declarar la ilegalidad de una organización política cuando considere que sus actividades son contrarias a los principios democráticos.
Esto se produce cuando se vulnera sistemáticamente las libertades y los derechos fundamentales, promoviendo, justificando o exculpando los atentados contra la vida o la integridad de las personas, o legitimando la violencia como método para la consecución de objetivos políticos.
Además, cuando se apoya políticamente la acción de organizaciones que practiquen el terrorismo, el narcotráfico o que con su prédica contribuyan a multiplicar los efectos de la violencia, el miedo y la intimidación que el terrorismo genera.
El JNE recuerda que la sentencia que declara la ilegalidad de un partido político tendrá como efecto la cancelación de su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas y en cualquier otro registro; y el cierre de sus locales partidarios con la imposibilidad de su reinscripción.
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