Miércoles 17 de mayo de 2006

Alcaldes y presidentes regionales tienen plazo hasta este jueves para renunciar a cargos


Lima, may. 17 (ANDINA).- El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recuerda a los presidentes regionales y alcaldes que deseen participar en las elecciones regionales y municipales de noviembre próximo, que tienen plazo hasta mañana 18 de mayo para renunciar a sus cargos.

    Mediante resolución 860-2006-JNE se precisa que el jueves 18 de este mes vence el plazo señalado en la legislación vigente para que los presidentes regionales que quieran postular al cargo de alcalde, y los alcaldes que desean postular al cargo de presidente regional, presenten su renuncia irrevocable al cargo que ostentan.

   Los presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales; alcaldes y regidores que postulen a la reelección de sus cargos no requieren renunciar ni solicitar licencia.

   Los gobiernos regionales y municipales deberán poner en conocimiento del JNE los nombres de los funcionarios que van a reemplazar a presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales; alcaldes y regidores que postulen, para la correspondiente acreditación.

   El mismo organismo electoral señala que el sábado 22 de julio es el último día para que los funcionarios públicos con determinado rango que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, presenten su renuncia irrevocable al cargo.

    Se trata de ministros y viceministros; contralor; magistrados del Tribunal Constitucional, del Poder Judicial, del Ministerio Público; los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura y del Jurado Nacional de Elecciones; los jefes de la ONPE y del RENIEC; el presidente del BCR.

   Asimismo, los superintendentes de Banca y Seguros, de Administración Tributaria, de Aduanas; los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

   También los prefectos, subprefectos y gobernadores; los directores regionales sectoriales y los miembros de comisiones ad hoc o especiales de alto nivel nombrados por el Poder Ejecutivo.

    Los demás funcionarios públicos que no se encuentren comprendidos en esta disposición y que persigan el mismo objetivo, deberán solicitar licencia sin goce de haber con la suficiente anticipación, a fin de acreditar que ella les fue otorgada por la administración pública, como fecha límite, el 22 de julio del presente año.

   (FIN) EGZ/JBR

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Infografía: Ernesto Carlín