Jueves 29 de diciembre de 2005

JNE podrá interponer denuncias si candidatos colocan información falsa en sus hojas de vida


Lima, dic. 29 (ANDINA).- El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aseguró que podrá interponer las denuncias que correspondan ante el Ministerio Público si los candidatos presidenciales, a la vicepresidencia o al Parlamento incorporan en sus hojas de vida información falsa o errónea.

   Boris Ayma, funcionario de la Gerencia de Fiscalización Electoral del JNE, detalló que así lo establece la Ley 28624 aprobada y promulgada por el Congreso el pasado 18 de noviembre, la cual modificó la ley de Partidos Políticos incorporando la declaración jurada de vida como mecanismo de transparencia e información para los electores.

   Dicha norma establece que la omisión de la relación de sentencias condenadas impuestas al candidato por delito doloso, que hubieren quedado firmes, o la incorporación de información falsa o errónea será corregida por el JNE, sin perjuicio de interponer las denuncias que correspondan al considerar que se ha perpetrado un ilícito penal.

   “El Jurado fiscalizará los datos consignados en las hojas de vida de los candidatos, hará un seguimiento de la información que se coloque en las hojas de vida y, si existe información falsa, lo pondrá de conocimiento del Ministerio Público”, sostuvo el funcionario.

   Este mediodía, el presidente del JNE, Enrique Mendoza, entregó a los personeros de los partidos políticos los formatos para la declaración jurada de hoja de vida que deberán llenar los candidatos a las elecciones generales, regionales y municipales del próximo año.

   Esta hoja de vida tiene el carácter de obligatoria y alcanza a los postulantes a presidentes y vicepresidentes de la República, congresistas, al Parlamento Andino, así como a cargos regionales y municipales.

   En dicho documento deberán estar consignados los datos personales del candidato, trayectoria académica y profesional, experiencia laboral en el sector público y privado, cargos políticos ocupados, y antecedentes judiciales y penales.

   La ley 28624 establece que en el tema de antecedentes penales, los candidatos deberán precisar la relación de sentencias declaradas fundadas (si las hubieren tenido), así como las demandas por incumplimiento de obligaciones familiares, alimentarias, contractuales o laborales.

   El presidente del JNE indicó que la difusión de las hojas de vida de los candidatos contribuirá a que el proceso electoral en marcha tenga una mayor transparencia.

   “El elector tendrá una herramienta y un mecanismo de información sobre los actores del proceso y, de esa manera, poder votar a consciencia en los comicios programados para el 2006”, señaló.

   Informó que las hojas de vida de los candidatos deberán ser difundidas en las páginas web de los partidos o alianzas electorales, y también serán incorporadas a la página web del JNE.

   (FIN) DCE/RES

 






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Infografía: Ernesto Carlín