Lima, ago. 18 (ANDINA).- El Poder Ejecutivo autorizó un crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público 2007, hasta por la suma de 100 millones de nuevos soles, para ser destinados a la reconstrucción de la infraestructura pública dañada por los fuertes sismos ocurridos el pasado miércoles.
Dicha autorización fue realizada mediante un Decreto de Urgencia publicado en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, el cual lleva las rúbricas del Presidente de la República, Alan García; del Primer Ministro, Jorge Del Castillo, y del titular de Economía y Finanzas, Luis Carranza.
A través de la norma, se dispone la creación del "Fondo para la Reconstrucción - Sismo 15 de Agosto de 2007", cuyos recursos son de carácter intangible y se destinarán exclusivamente a actividades y proyectos para la reconstrucción de la infraestructura pública dañada por el sismo.
Los recursos del Fondo están constituídos por transferencias del Tesoro Público, donaciones y aportes del sector privado, recursos de cooperación técnica internacional no reembolsable, así como de donaciones en dinero provenientes del exterior y recursos del fondo contravalor.
Otro de los recursos que constituirá el Fondo es un aporte inicial de 15 millones de nuevos soles a ser realizado por las empresas del Estado bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), Petroperú y el Banco Agropecuario (Agrobanco).
Se precisa que los recursos del fondo que se originen de fuentes de financiamiento distintas a recursos ordinarios se registran en el Ministerio de Economía en la fuente donaciones y transferencias, y son asignados por dicho portafolio en base a los requerimientos formulados por los sectores.
El decreto indica que las contrataciones de bienes, servicios y obras que sean necesarias para la reconstrucción de la infraestructura pública se realizarán en forma directa e inmediata sin necesidad de convocar a procesos de selección que corresponda.
Los actos preparatorios y los contratos que se celebren deberán cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías establecidas en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado.
La norma también señala que durante al año 2007, los Gobiernos Regionales y Locales podrán habilitar recursos al Fondo a través de transferencias financieras con cargo a la fuente de financiamiento por el concepto de Recursos Determinados.
El Decreto de Urgencia fue aprobado por el Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República.
De otro lado, mediante el mismo decreto, se autoriza al Ministerio de la Mujer para que, a través del Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas, adquiera productos alimenticios no perecibles que requiera el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), y contrate además los servicios necesarios para su traslado y distribución en las zonas declaradas en estado de emergencia.
Para tal efecto, el jefe de Estado y el titular de Economía suscribieron otro decreto supremo que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público 2007, hasta por la suma de 24 millones 193 mil 373 nuevos soles.
El monto será destinado para apoyar a través de la entrega de alimentos a las zonas declaradas en estado de emergencia.
En otro decreto supremo, publicado en la misma Edición Extraordinaria, el Ejecutivo autorizó la transferencia de partidas a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil hasta por la suma de 600 mil nuevos soles, para el otorgamiento de la subvención para el sepelio de la población damnificada de Ica y de la provincia de Cañete en Lima.
La norma rubricada por el presidente Alan García y el titular del MEF, Luis Carranza, dispone que los recursos necesarios para la atención de ayudas económico - sociales se ejecutan con cargo a la Reserva de Contingencia consignada en el presupuesto del referido portafolio.
En ese sentido, se precisa que la subvención para sepelio por el monto de mil nuevos soles, estará destinada a sufragar los gastos de sepelio de las personas fallecidas a consecuencia de los fuertes sismos del último miércoles .
Por último, a través de otro Decreto Supremo, el Gobierno amplió la declaración del estado de emergencia a las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla, de la provincia de Huancavelica, departamento del mismo nombre, y a los distritos de Huañec y Tupe, provincia de Yauyos, departamento de Lima.
La medida permitirá que se ejecuten las acciones inmediatas destinadas a la atención de la población damnificada, a la reducción y minimización de los riesgos existentes y a la rehabilitación de esas zonas afectadas por los fuertes sismos.
El Decreto Supremo es refrendado por el jefe de Estado, Alan García, por el jefe del Gabinete Ministerial, Jorge Del Castillo; y por los ministros de Agricultura, Salud, Vivienda, Producción, Transportes, Mujer, Educación, Energía, Defensa y Economía.
En 16 de agosto último, el presidente regional de Huancavelica solicitó que se amplíe la declaración del estado de emergencia a las zonas antes mencionadas, que fueron gravemente afectados por el movimiento telúrico.
(FIN) NDP/FPQ
|